Protección de datos

Cumpla con el RGPD y proteja sus datos

Le ayudamos a cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Nuestro objetivo es garantizar que su empresa gestione los datos personales de empleados, clientes, proveedores y otros interesados de manera segura, cumpliendo con todas las normativas de obligado cumplimiento en España y la Unión Europea.

Sabemos que la protección de datos es una prioridad tanto para grandes empresas como para autónomos. Por ello, ofrecemos un servicio integral adaptado a sus necesidades, con soluciones que le permiten manejar los datos personales con total seguridad y transparencia, mientras reduce riesgos legales y reputacionales.

Nuestros servicios en protección de datos

Nuestro equipo experto le acompañará en la adaptación, gestión y cumplimiento de todas las obligaciones relacionadas con la protección de datos. Entre nuestros servicios se encuentran:

Adaptación al Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD)

  • Evaluamos y mejoramos las medidas de ciberseguridad adoptadas por su empresa.
  • Redactamos políticas de privacidad, cláusulas legales y medidas técnicas de seguridad.
  • Realizamos registros de actividades de tratamiento y contratos con encargados de tratamiento ajustados al RGPD.
  • Notificamos brechas de seguridad a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en caso necesario.
  • Realizamos evaluaciones de impacto de protección de datos cuando proceda.
  • Ajustamos todas las medidas necesarias durante el primer año de implementación.
  • Consultas ilimitadas y asistencia técnico-jurídica durante la vigencia del contrato.

Servicio de Delegado de Protección de Datos (DPD – Data Protection Officer)

  • Informamos y asesoramos a su empresa y empleados sobre las obligaciones legales en materia de protección de datos.
  • Supervisamos el cumplimiento normativo a través de auditorías y formaciones personalizadas.
  • Actuamos como punto de contacto entre su empresa y la AEPD para garantizar una comunicación fluida.
  • Le asesoramos en la realización de evaluaciones de impacto sobre protección de datos.

¿Cuándo es obligatorio designar un Delegado de Protección de Datos (DPD)?

El artículo 37 del RGPD establece la designación obligatoria de un Delegado de Protección de Datos (DPD) en los siguientes casos:

Entidades públicas

Siempre, excepto juzgados y tribunales que actúen en funciones judiciales.

Entidades privadas

Cuando traten datos personales de categorías especiales (por ejemplo, salud, religión, opiniones políticas) a gran escala.

Si su organización está dentro de alguno de estos supuestos, nuestro equipo está preparado para asumir esta función y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones legales.

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